Nuevos Reales Decretos en materia de igualdad

El pasado 14 de octubre se publicaron en el BOE los dos nuevos Reales Decretos en materia de igualdad.

Nuevos Decretos Igualdad de Género

Ambos documentos aportan novedades a tener en consideración por parte de todas aquellas empresas que ya hayan elaborado el Plan de igualdad, por aquellas que se encuentren en proceso de realizarlo o bien dispongan hasta el año 2022 para llevarlo a cabo, así como por TODAS las organizaciones, con independencia del número de personas trabajadoras que conformen su plantilla.

El Real Decreto 901/2020 por el que se regulan los planes de igualdad y su registro y se modifica el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo establece como principales novedades:

  1. Quién, cómo y cuándo se negocian los diagnósticos y Planes de igualdad.
  2. Los planes de igualdad son objeto de inscripción obligatoria en registro público.
  3. Registro voluntario para las medidas de prevención de la discriminación entre mujeres y hombres y medidas específicas para prevenir el acoso sexual y por razón de sexo.
  4. Los planes de igualdad tendrán una vigencia máxima de 4 años.
  5. Se establece la estructura y contenido mínimo de los Planes de igualdad.
  6. Posibilidad de crear Planes de igualdad por Grupo de empresas.
  7. Sistemas de seguimiento y evaluación de los Planes.

El Real decreto entra en vigor pasados 3 meses desde su publicación en el BOE (14 de enero de 2021).

El Real Decreto 902/2020 de igualdad retributiva entre mujeres y hombres tiene como principal objetivo la erradicación de la brecha salarial mediante el acceso a la información y la transparencia retributiva, así como la valoración de los puestos de trabajo con perspectiva de género.

Las principales novedades que incorpora son:

  1. Aplicación del principio de transparencia retributiva para empresas y convenios colectivos.
  2. Elaboración y concreción de la Auditoría retributiva.
  3. Contenido del Registro salarial establecido en el artículo 28 del Estatuto de trabajadores (y trabajadoras).
  4. Vigencia de la auditoría retributiva y del registro salarial.

Este real decreto entra en vigor a los 6 meses de su publicación en el BOE (14 de abril 2021)

Desde nuestra experiencia acumulada de más 13 años de consultoría, asesorando a entidades públicas y privadas en la aplicación de políticas de igualdad, y con la voluntad de seguir informándoos sobre las recientes modificaciones legales y las obligaciones que conllevan, os informaremos a través de nuestra página web de toda la actualidad en materia de Igual de Género.

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